El autoconsumo y las comunidades energéticas reciben otro impulso, al aumentarse la distancia entre punto de generación y autoconsumo en líneas de transporte o distribución hasta 1.000 metros para instalaciones en cubierta al permitirse más de una instalación en una misma referencia catastral, evitando limitaciones al crecimiento en lugares donde ya haya una planta y con otras medidas, como simplificando la tramitación de las instalaciones: se aumenta de 100 kW a 500 kW el tamaño de la planta exenta de obtener la autorización previa y la de construcción.
El nuevo Real Decreto-Ley incluye la modificación del Reglamento alumbrado exterior para aprovechar los avances técnicos. Así, los requisitos mínimos de eficiencia aumentan un 119% para el alumbrado funcional y un 163% para el alumbrado ambiental. Así mismo se actualiza el sistema de etiquetado mediante letras, de modo que sólo lo más eficiente se califique como A ó B, dando al usuario final información más realista de la eficiencia energética de su instalación y se potenciará el ahorro.
El nuevo reglamento afectará a la iluminación pública; carreteras y calles, lo que incluye la de las administraciones y la de agentes privados que iluminen espacios públicos, como algunas vías de concesionarios.
Será voluntario desde su publicación y obligatorio para los proyectos que se inicien el 1 de enero; los que se hayan iniciado antes, tienen un año máximo para concluirse.
El alumbrado exterior municipal consume unos 5.200 GWh anuales, un 2% del consumo eléctrico nacional y la reforma permitirá un ahorro de energía del orden del 65% para un mismo servicio de iluminación.
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